|
|
Más información haciendo click aquí



Editorial
Tribuna Libre
Opinión
Noticias más leídas
Leído en internet...
La foto de la semana


Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Usted necesita tener Javascript activado para poder verla.

Online 236 visitantes

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha inadmitido el recurso de casación autonómico presentado por la empresa Ángel Camacho Alimentación, S.L., lo que supone que queda firme la sentencia que anuló el proyecto de ampliación de balsas acumulativas y evaporativas en el término municipal de Morón de la Frontera (Sevilla). La resolución judicial, dictada el 2 de diciembre de 2025 por la Sala Especial de Casación y Revisión del TSJA, pone fin al litigio al entender que no existe “interés casacional objetivo” que justifique revisar el fallo previo.
Con esta decisión, el tribunal rechaza que el asunto tenga la relevancia jurídica necesaria para sentar doctrina y considera que la mercantil pretendía convertir la casación en una “tercera instancia” para discutir de nuevo la valoración de las pruebas. Además, impone a la empresa recurrente las costas del procedimiento, con un límite de 1.500 euros.
El recurso ahora inadmitido intentaba revocar la sentencia de octubre de 2023 que dio la razón a Ecologistas en Acción Sevilla y dejó sin efecto el acuerdo del pleno del Ayuntamiento de Morón que había aprobado el proyecto. Aquel fallo concluyó que las balsas y la ampliación de la fábrica constituyen en realidad una unidad funcional —al estar conectadas por un sistema de tuberías para el tratamiento de vertidos— y, por tanto, debieron tramitarse como un único proyecto.
La Sala también apreció incumplimientos urbanísticos relevantes, entre ellos la vulneración de la distancia mínima entre edificaciones en suelo no urbanizable y el exceso del límite de ocupación permitido (30%) en un área catalogada como de especial protección. El tribunal subrayó que la fragmentación del proyecto no podía utilizarse para “sortear” las exigencias de la normativa.
La posición de Ecologistas en Acción Sevilla en el procedimiento ha estado dirigida jurídicamente por el abogado Ricardo Fernández Luna, quien ha sostenido ante el tribunal que la actuación industrial debía considerarse un único proyecto y que la tramitación separada de la fábrica y las balsas carecía de justificación legal. Su argumentación ha sido clave para que el TSJA apreciara la infracción de la normativa urbanística y ambiental aplicable.
El caso ha sido seguido con interés en Morón de la Frontera por sus implicaciones ambientales y urbanísticas. La sentencia firme impide ejecutar la ampliación tal y como fue planteada, aunque contara con todos los informes técnicos favorable tal y como está ocurriendo con el proyecto de balsas de Aceitunas Guadalquivir, y deja abierta la posibilidad de que la empresa formule un nuevo proyecto que se ajuste a la legalidad.
Desde Ecologistas en Acción Sevilla celebraron la decisión judicial, al considerar que “refuerza la protección del suelo no urbanizable y evita atajos administrativos que degradan el territorio”. Por su parte, fuentes municipales señalaron que acatan la resolución y que cualquier iniciativa futura deberá ajustarse estrictamente a la normativa vigente y temen que la situación se repita con el proyecto presentado por Aceitunas Guadalquivir.
Con la inadmisión del recurso, se cierra un capítulo judicial que se ha prolongado durante casi una década y que vuelve a poner sobre la mesa el delicado equilibrio entre desarrollo industrial y protección ambiental en entornos rurales andaluces.