Más información haciendo click aquí


 





Opinión

La foto de la semana


 

Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Usted necesita tener Javascript activado para poder verla.

 
 



Online 190 visitantes

Suscríbete y recibe el boletín de Diario de Morón por e-mail

Un informe de los técnicos municipales recoge que la Memoria Justificativa redactada por AGES sobre el SAD “no es la memoria requerida para la constitución de la sociedad”

  diariodemoron.com|Morón|05/09/2024


 Los técnicos municipales de los departamentos de Secretaría, Intervención y RR. HH. del Ayuntamiento de Morón de la Frontera consideran que la Memoria Justificativa de la viabilidad de la gestión directa del Servicio de Ayuda a Domicilio municipal (SAD) mediante Sociedad Mercantil local, redactada por AGES y entregada al Ayuntamiento con fecha 14 de junio de 2024, “no es la memoria requerida para la constitución de la sociedad a la que se ha hecho numerosas referencias en los distintos expedientes al efecto tramitados por el Ayuntamiento”.

Ante esto, un informe firmado de forma conjunta por los citados departamentos técnicos, advierte que “debe redactarse el documento necesario para continuar con la tramitación del expediente de constitución de la sociedad, si así se considerara conveniente”.

El escrito, al que ha tenido acceso Diario de Morón, recuerda que la modificación en la forma de gestión fue objeto del oportuno expediente, finalizando con el acuerdo plenario del 21 de julio de 2023. “Este acuerdo ha sido objeto de un recurso contencioso-administrativo. Sería recomendable esperar la sentencia de dicho recurso para continuar con el expediente de constitución de la sociedad municipal del SAD”, añade.

Relaciones financieras

En materia económica, el informe destaca que la mala situación económica y financiera del Ayuntamiento afecta directamente a la sociedad, además de forma negativa. En este sentido, hace hincapié en que el Ayuntamiento tiene un nivel de endeudamiento superior al 110%, un PMP de más 60 días, la liquidación del presupuesto 2023 arroja un remanente de tesorería para gastos generales negativo en más de 1.300.000 euros, el ahorro neto negativo en más de dos millones de euros, lo que se traduce en insuficiencia de los recursos para atender las obligaciones, existiendo un desequilibrio presupuestario o déficit, “lo que significa que existen tensiones de tesorería y que no tiene capacidad de pago para hacer frente a sus gastos corrientes y devolver la deuda financiera contraída”.

En esta línea, con fecha 24 de junio del presente el Ayuntamiento de Morón ha sido incluido por el Ministerio de Hacienda en una relación de entidades locales que han incumplido su plan de ajuste, que tienen un nivel de endeudamiento superior al 110% y que presenta una situación de riesgo financiero por la elevada carga financiera que suponen los vencimientos de capital de los préstamos del fondo de ordenación.

Subrogación de personal

Una de las cuestiones más relevantes en la decisión sobre el cambio de forma de gestión de servicios y actividades es la relativa al personal que presta sus servicios en la actualidad, realizando las actividades que se gestionan de manera indirecta mediante empresarios privados y la posible obligatoriedad de subrogación del nuevo gestor en las referidas relaciones laborales en caso de que el Ayuntamiento decida gestionar estas actividades de manera directa.

Para los técnicos, esta es “una cuestión compleja” por lo que puede confluir varios supuestos de hecho y, por lo tanto, tendrá que analizarse cada caso particular a la luz de la normativa y jurisprudencia sobre este tema.

De esta forma, indican que conforme a la normativa aplicable (art. 44 E.T.) y la jurisprudencia del Tribunal Supremo no existe subrogación de personal, “ya que no son aplicables las previsiones del convenio colectivo sectorial, ya que el ayuntamiento no está en el ámbito de aplicación de dicho convenio, y no puede afectar a este ayuntamiento lo que no ha negociado”.

Así, “la sociedad mercantil local no estará obligada a subrogar a los trabajadores, procediendo para ello a la cobertura de las plazas necesarias para el buen funcionamiento del servicio, no computando las mismas para la tasa de reposición conforme el art 20.4 letra g) de la Ley de Presupuestos Generales del Estado 2023”.

 

 

Horóscopo
Noticias España  Sorteos
 Programación TV
 Páginas amarillas
 Calendario

  Diario de Morón

 Contacto

 Redacción

 Comercial

 Suscripciones al Boletín

Este sitio web utiliza cookies propias y de terceros

Si no cambia la configuración de su navegador, usted acepta su uso.

Acepto